Digitalización
Veri*Factu se retrasa: ¿alivio para las empresas o freno a la digitalización?
Hacienda prevé ampliar los plazos de Veri*Factu hasta octubre de 2028, pero la comunicación aún habla de una modificación normativa pendiente. El aplazamiento no elimina el trabajo manual ni otros cambios de facturación electrónica.

El anuncio de Hacienda de ampliar hasta octubre de 2028 los plazos pendientes de Veri*Factu puede aliviar a empresas y profesionales que todavía están revisando sus sistemas de facturación. Pero hay un matiz importante: la comunicación del 5 de octubre de 2026 habla de una previsión de modificación normativa. Por tanto, conviene comprobar la aprobación y publicación de los cambios antes de dar por definitivas las nuevas fechas.
Más margen puede ayudar a planificar. No convierte en innecesario el trabajo de ordenar facturas, gastos, cobros y datos del negocio.
Qué ha anunciado Hacienda
El Ministerio plantea trasladar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, con la intención de alinearlas con el calendario de factura electrónica B2B para empresas y profesionales con una facturación anual de hasta ocho millones de euros. También señala que las garantías técnicas de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrían en términos sustancialmente equivalentes.
La comunicación no anuncia la desaparición de Veri*Factu. Tampoco conviene interpretarla como una autorización para dejar de cumplir obligaciones vigentes: el anuncio está formulado como una previsión de cambio. Antes de decidir, consulta la nota informativa del Ministerio de Hacienda y la información actualizada de la Agencia Tributaria sobre los sistemas de facturación y Veri*Factu, y confirma cómo afecta a tu caso con tu asesoría o proveedor de software.
Veri*Factu no es simplemente enviar facturas en PDF
La normativa se refiere a los sistemas informáticos que intervienen en los procesos de facturación y a los registros que generan. En términos generales, contempla una modalidad que remite los registros de facturación a la Agencia Tributaria y otra que no los remite, pero debe conservarlos con las garantías previstas. No equivale a enviar automáticamente a Hacienda el PDF completo de cada factura.
Por eso, el análisis práctico no debería limitarse a preguntar qué programa hay que cambiar. También conviene saber dónde se guardan los documentos, cómo se corrigen errores, qué información recibe la gestoría y cuánto trabajo manual requiere cerrar cada factura.
El plazo cambia; los problemas del día a día, no
Para algunas empresas, el calendario regulatorio era el impulso para dejar atrás hojas de cálculo, papel, correos dispersos y duplicación de datos. Si ese proyecto se aplaza, el riesgo es posponer también mejoras que ya podrían ser útiles, aunque no dependan de Veri*Factu:
- Digitalizar y localizar facturas, albaranes y gastos con más facilidad.
- Reducir la introducción repetida de los mismos datos.
- Ordenar la comunicación y el intercambio de documentación con la gestoría.
- Tener una visión más clara de cobros, pagos, compras o inventario.
- Conectar herramientas que hoy obligan a copiar información de una a otra.
No todas las empresas necesitan implantar un sistema nuevo de inmediato. El punto de partida puede ser identificar qué tareas consumen más tiempo, dónde aparecen errores y qué información necesita estar disponible para tomar decisiones.
Veri*Factu y la factura electrónica B2B son calendarios distintos
La factura electrónica entre empresas y profesionales tiene su propio marco y calendario. La Agencia Tributaria indica que, tras la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, los plazos empiezan a computar desde el 6 de octubre de 2026: la obligación de emitir y recibir factura electrónica está prevista para el 6 de octubre de 2027 en empresas y profesionales cuyo volumen de operaciones a efectos del IVA supere los ocho millones de euros, y para el 6 de octubre de 2028 para el resto. La aplicación efectiva está vinculada a las condiciones normativas que detalla la propia AEAT.
Además, la Unión Europea aprobó el paquete VAT in the Digital Age (ViDA), cuya implantación será gradual. Entre sus medidas, los requisitos de reporte digital para operaciones B2B transfronterizas empiezan el 1 de julio de 2030 y los sistemas nacionales de reporte digital deberán alinearse con el modelo europeo antes del 1 de enero de 2035. Esto no significa que todas las empresas españolas tengan hoy las mismas obligaciones: el alcance depende de la actividad, la operación y las normas aplicables.
Consulta el calendario de factura electrónica B2B de la AEAT y el calendario de VAT in the Digital Age de la Comisión Europea. Veri*Factu, factura electrónica B2B y ViDA están relacionados con la digitalización fiscal, pero no son intercambiables ni tienen un único calendario.
Cómo aprovechar el margen sin precipitarse
En vez de esperar a la última fecha o cambiar de herramienta por una noticia, una pyme puede avanzar por etapas:
- Revisar el proceso actual: desde que llega una factura hasta que se valida, se registra y se paga.
- Localizar fricciones: datos que se introducen varias veces, documentos difíciles de encontrar, errores frecuentes o esperas para la gestoría.
- Confirmar el alcance normativo: con la asesoría y el proveedor, según el tipo de empresa, su sistema y las operaciones que realiza.
- Priorizar una mejora concreta: por ejemplo, facilitar la captura de documentos o conectar dos herramientas, midiendo después el tiempo y las incidencias.
La solución elegida debe encajar en la operativa y en las obligaciones que finalmente resulten aplicables. Automatizar la entrada de información, por sí solo, no sustituye la revisión ni garantiza el cumplimiento fiscal.
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El aplazamiento puede dar tiempo para elegir con más criterio. La decisión útil ahora es separar lo que depende de la nueva fecha legal de lo que ya está generando trabajo y coste en la gestión diaria.
Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento fiscal. Las fechas y obligaciones pueden cambiar; confirma siempre la normativa vigente con un profesional y con las fuentes oficiales.